Este trámite se realiza exclusivamente por internet.

Desde la web del SII (www.sii.cl), con el RUT y clave tributaria que entrega el SII. Se debe ingresar al menú “Servicios Online”, opción “Término de Giro”, y se accederá a: Declarar término de giro, Consultar declaración, Ayudas, etc.

Este aviso debe realizarse dentro de los dos meses siguientes al Término del Giro de sus actividades. Así, por ejemplo, si la actividad (o giro) concluye el 10 de abril, el Término de Giro debe informarse al SII, a más tardar, el 11 de junio del mismo año. En tanto, el SII tiene un plazo legal de 6 meses máximo, para la resolución de este trámite de término de giro.

Se dará inicio al proceso (Término de Giro), a través del envío de una citación al contribuyente, efectuada conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del Código Tributario.

Requisitos para efectuar el trámite

Contribuyentes de primera categoría o de segunda categoría con inicio de actividades vigentes

Antecedentes:

Para saber si registra alguna situación pendiente de resolver, podrá consultar directamente en la página web del Servicio – “Mi SII”:

Contribuyente 1° Categoría contabilidad completa

Contribuyentes con Contabilidad Completa (14 A – 14 B)

Contribuyente con Renta Presunta

14 TER

Este listado considera los principales antecedentes para realizar el trámite, por lo que se le podría solicitar información adicional si correspondiera el caso.

Formularios relacionados al trámite

Formulario electrónico 2121 de Aviso y Declaración por Término de Giro.